1 may 2017

Calculadora de CTS APP Online


La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio social que permite prever el riesgo que origina el cese de una relación laboral y la consecuente pérdida de ingresos en la vida de una persona y su familia.

¿Cómo sé si mi empleador está obligado a pagar CTS?

Para saber si tú como trabajador Eres beneficiario del pago de la CTS, Lo primero que tienes que saber es, Cuál es el régimen laboral de la empresa donde laboras.
El depósito a recibir dependerá del régimen laboral de la empresa, así tenemos los siguientes casos:

- Régimen Privado
- Microempresas
- Pequeña empresas
- Construcción Civil
- Trabajadoras del Hogar
- Artistas
- Régimen Minero
- Régimen Agrario

¿Quiénes tienen derecho a CTS?

Para tener derecho a la CTS regulada por la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios el trabajador debe laborar por lo menos 4 horas diarias o 24 horas semanales en una empleadora que pertenezca al régimen laboral general de la actividad privada (Artículo 4° del Decreto Supremo N° 001-97-TR) o en una pequeña empresa registrada en el Registro Nacional de Micro y Pequeñas Empresas REMYPE (Artículo 41º del Decreto Supremo 007-2008-TR). Es decir, no corresponde la CTS a los trabajadores estatales de la carrera administrativa o de contrato administrativo de servicios, ni a los trabajadores de microempresas que se encuentren registradas en REMYPE. Aquí hay que hacer una precisión: si la microempresa o la pequeña empresa no se encuentran registradas en REMYPE sus trabajadores pertenecerán al régimen laboral general de la actividad privada como cualquier otra empresa y deberán abonar la CTS a sus trabajadores bajo las reglas del Decreto Supremo N° 001-97-TR.

¿Cuándo se paga la CTS?

El pago de las CTS son cada 6 meses en la cuenta CTS que el trabajador mantenga en el sistema financiero. Los depósitos se efectúan la quincena de Mayo y la quincena de  Noviembre de cada año, según ordena el Artículo 22° del Decreto Supremo N° 001-97-TR. Pero si tales fechas caen en día no laborable el plazo se prorroga hasta el siguiente día hábil.
Después me conoce algunas interrogantes, realizaremos el cálculo de CTS.

Forma de Uso
Aplicativo es muy sencillo de usar, Pasos para tener en cuenta:
  • Llenar una celda de color celeste con su información según sea tu caso.
  • No dejar ninguna celda de color celeste bacía  y si no tiene información colocar 0.
  • No olviden modificar la fecha del semestre trabajado.

Calculadora de CTS APP Online



PERIODO COMPUTABLE N° de Días
Mes Noviembre |Mayo
Mes Diciembre | Junio
Mes Enero | Julio
Mes Febrero | Agosto
Mes Marzo | Setiembre
Mes Abril | Octubre
Dias canculados
Faltas
Dias canculados
CONCEPTOS REMUNERATIVOS COMPUTABLES
Sueldo Básico
Asignación Familiar
Gratificación Ordinaria
Total Horas extras
Total de comisiones
Otros
REMUNERACION COMPUTABLE
Sueldo Básico
Asignación Familiar
Gratificación Ordinaria
Promedio Horas extras
Promedio de comisiones
Otros
TOTAL REMUNERACION COMPUTABLE
Determinación de CTS
Remuneracion Conputable (R.C.)
R.C. Mensual
R.C. Diario
NETO A PAGAR DE C.T.S.


Recuerda.

El próximo Lunes 15 de Mayo 2017 es el plazo máximo para realizar el depósito de las CTS de Mayo 2017 correspondiente al periodo Noviembre/ 2016 – Abril/ 2017.

Los resultados obtenidos con esta aplicación son referencias a la información ingresada.




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    3 comentarios:

    1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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    2. Saludos, no pude encontrar ningún enlace para la aplicación o talvez ya no se encuentra vigente. Agradecería enormemente puedan solucionar esto, ya que herramientas como esta o como una calculadora IGV resultan verdaderamente útiles y nos simplifican procesos. Excelente aporte!

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